A) Información privilegiada y confidencial de MUTUA BALEAR
Todos los Miembros de MUTUA BALEAR tienen el deber y la obligación de guardar secreto sobre toda aquella información relativa a la Mutua que pudiera ser clasificada como privilegiada, confidencial, reservada y/o secreta y, por tanto, no podrá ser revelada y, mucho menos, utilizada en beneficio personal.
Se entiende por información confidencial:
En cuanto a la divulgación de esta información debemos diferenciar dos supuestos:
Todos los archivos deberán ser celosamente conservados de acuerdo con la legislación vigente y las políticas y procedimientos internos implantados en MUTUA BALEAR.
B) Datos de carácter personal
MUTUA BALEAR y los Miembros que, por razón de su cargo, manejaran datos de carácter personal de ya sea de los propios miembros de la Mutua, ya sea de los colectivos a los que presta asistencia sanitaria, cobertura social o a los que gestiona prestaciones, sólo podrán hacer uso de tales datos de acuerdo con la legislación de aplicación y atendiendo en todo momento a los procedimientos internos implantados en el seno de la Mutua. Igualmente, el tratamiento de los datos de carácter personal deberá ajustarse al fin para el que fueron recabados.
Mutua Balear dispone de un Documento interno de Seguridad donde se describen las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, su adopción es de obligado cumplimiento para la organización.
Cada dos años se realiza una auditoría por parte de una entidad especializada para asegurar el correcto cumplimiento de la legislación de protección de datos.