La incorporación de la mujer al mundo laboral ha hecho que ésta se aleje cada vez más del rol tradicional que había ejercido como ama de casa, centrando sus actividades en la atención y cuidado de la familia, lo que ha dado lugar a un nuevo modelo de estructura familiar en la cual se requiere la participación hombre / mujer de una forma más equilibrada y que a día de hoy supone una realidad, tanto a nivel social como cultural.
El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres supone la ausencia de todas discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil, evitando todas aquellas prácticas o criterios que siendo aparentemente neutros, ponen a personas del otro sexo en desventaja, salvo que ello sea objetivamente justificable en atención a una finalidad cuyos medios sean necesarios y adecuados. En particular, es imprescindible la eliminación de la discriminación de la mujer, tanto en el ámbito laboral como personal, sea cual sea su circunstancia o condición para que pueda optar a un trabajo en igualdad de condiciones.
Estas circunstancias hacen necesario la adopción de una serie de medidas encaminadas a evitar cualquier práctica que pueda suponer algún tipo de desventaja en lo relativo al trato y oportunidades entre sexos, así como desarrollar todas aquellas acciones que contribuyan a potenciar la conciliación de la vida laboral y familiar. Todo ello, con el fin de contribuir a que los trabajadores/as mantengan el equilibrio necesario que les permita vivir en un estado de bienestar desde el punto de vista físico, mental y social, al ser consciente la Empresa de la importancia que supone el factor humano al constituirse como su principal activo, con el convencimiento de que la consecución de este estado de equilibrio y armonía entre lo personal y profesional contribuye a mejorar el nivel de satisfacción de los trabajadores y a su fidelización con la Empresa, lo cual redunda en un beneficio para la Entidad.
Por ello, Mutua Balear ha constituido una Comisión de Igualdad, formada por representantes del Departamento de Recursos Humanos y Calidad, así como por tres representantes legales de los trabajadores, cuya finalidad es impulsar la implantación de un Plan de Igualdad, así como su posterior seguimiento y evaluación.
El Plan de Igualdad de Mutua Balear, que pasará a denominarse “Hera”, propone una serie de medidas que van encaminadas en tres sentidos; por un lado poner en marcha las acciones necesarias que garanticen la igualdad de oportunidades entre ambos sexos, por otro lado, promover medidas para favorecer la conciliación de la vida personal y familiar con la actividad laboral y, por último, llevar a cabo las acciones precisas para evitar cualquier acción que pueda suponer una actitud de acoso moral, sexual y por razón de sexo, garantizando un ambiente de respeto entre compañeros.