Se da como complemento de la cobertura de Contingencias Profesionales (Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional).
Mutua Balear ofrece la posibilidad de contratar la gestión de las prestaciones de IT por enfermedad común y accidente no laboral.
Se trata de un servicio que hace hincapié en todos los aspectos que inciden en el control y seguimiento de las bajas por Contingencias Comunes.
Mutua Balear actúa en base a los siguientes términos:
Régimen General:
Entre el 4º y 15º día de la baja médica, la empresa abonará a su cargo la prestación económica
A partir del 16º día de la baja médica, corre a cargo de la Mutua(el pago lo hace la empresa, quien posteriormente lo descontará de las liquidaciones practicadas mensualmente) que abonará:
En el caso que se extinga el contrato de trabajo durante la baja médica, Mutua Balear abonará directamente las prestación económica, si bien en la cuantía de desempleo y consumiendo el tiempo de la citada prestación. En dicho pago se pasará a descontar, en su caso, la retención del IRPF.
Régimen especial (autónomos y agrario por cuenta ajena):
Mutua Balear abona:
🌟 Hoy reconocemos a la Cooperativa d'Ensenyament Es Lledoner @santalfonseslledoner, una de las entidades galardonadas en los de Mutua Balear. 🏫 Un centro educativo cooperativo que apuesta por una enseñanza de calidad basada en valores y por el bienestar de toda su comunidad educativa. Su compromiso con la prevención y la salud laboral es ejemplar. 👏 ¡Gracias por hacer de la prevención una prioridad en el ámbito educativo! 📽️ Mira su vídeo completo aquí 👉 https://youtu.be/Sxx306bD2wI