El Colegio de Graduados Sociales de Baleares, en colaboración con Mutua Balear, ha celebrado una jornada informativa sobre las modificaciones, cambios y novedades que introduce la nueva Ley 6/2017 del trabajo autónomo que entró en vigor el pasado 26 de octubre, a excepción de una serie de medidas que tendrán efecto a partir del próximo 1 de enero de 2018.
La jornada, realizada en la Sede del Colegio CGSIB de Palma y retransmitida en directo en las sedes de Ibiza y Menorca, ha sido presentada e inaugurada por la presidenta del Colegio CGSIB, Apol•lònia Julià y ha contado como ponentes con Dª María Jesús Espinosa, directora de la Administració de la Tresoreria General de la Seguridad Social de Baleares; y con D.Jaume Sitjar, Graduado Social.
Todos ellos, al inicio de sus intervenciones, han destacado la importancia y repercusión que tiene esta nueva Ley para un colectivo que es un "pilar fundamental de la economía y generadores de empleo". Una Ley que "aunque tiene algunas carencias, era completamente necesaria y mejora positivamente las condiciones de los autónomos, elimina trabas y otorga mayor protección jurídica."
Jaume Sitjar ha comenzado la ponencia en referencia a la mejora en la normativa para darse de altas y bajas en la Seguridad Social, hasta tres veces al año, con derecho a empezar a pagar el mismo día en que se produce el trámite. De este modo, "las altas y las bajas se adecúan más a la actividad real del autónomo y permieten flexibilidad para evitar cotizar por el mes completo."
Los autónomos, además, podrán cambiar sus bases de cotización hasta cuatro veces al año en los diversos periodos que indica la norma. De este modo, como indica Sitjar, "los autónomos podrán adaptarse mejor a la temporalidad de algunas actividades", algo habitual y necesario en el colectivo y acentuado por el marco turístico de Baleares.
Por último, Sitjar también se ha referido a los cambios referentes a la pluriactividad que desde la entrada en vigor de la nueva norma tienen derecho al reembolso directo, y sin solicitud previa, del 50% del exceso de cotización; es decir, se realizará de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social. También destaca que será posible compatibilizar la actividad con el 100% de la pensión de jubilación.
Por su parte, María Jesús Espinosa ha hecho referencia a los recargos por ingreso de cuotas fuera del plazo que, a partir del 1 de enero de 2018, se reducen a la mitad. Hasta ahora la demora en en el pago de las cotizaciones a la Seguridad se penalizaba con un recargo del 20%; con la nueva ley este porcetaje se reduce al 10%, siempre que las cuotas se abonen el primer mes natural siguiente a vencimiento del plazo.
También ha aludido a uno de los aspectos más destacables de la nueva norma, la "tarifa plana". Los nuevos autónomos, o aquellos que no han estado de alta en los últimos dos años, podrán disfrutar durante 12 meses del pago único de 50 euros de cuota a la Seguridad Social. Además, podrán disfrutar de dos años de rebajas en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social, ya que se aumentan las bonificaciones de la tarifa plana hasta los 24 meses.
Respecto a los accidentes de trabajo, la directora de la TGSS señaló el reconocimiento del accidente in itinere que especifica la nueva Ley, recalcando que el centro de trabajo no debe coincidir con el domicilio. Además, recordó que los autónomos que coticen por contingencias profesionales tendrán derecho, en caso de incapacidad temporal, al cobro de una cuantía diaria equivalente al 75 por ciento de su base reguladora diaria a partir del día siguiente a la baja.
Para finalizar, se explicaron otras mejoras y novedades que ofrece la nueva Ley en aspectos como conciliación, bonificaciones, tarifa plana exclusiva para madres y bonificaciones por contratación de familiares.
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